Se ha difundido una noticia que indica que a partir del 1°
de Junio del año en curso, existe un supuesto cobro a todos aquellos que
reciban depósitos en sus cuentas por más de cinco mil pesos. El Servicio de Administración
Tributaria (SAT) aclaró la medida no se aplicará a todos los contribuyentes.
De acuerdo a la Oficina de Orientación Fiscal del SAT,
dicha norma queda indica en el Art 113-A Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR),
donde se especifica que los contribuyentes dados de alta como personas físicas,
que presten servicios en ¿Obtienes ingresos a través de la prestación de servicios o venta de bienes a través de Plataformas Digitales?plataformas digitales o aplicaciones, deberán declarar
los depósitos, al igual que el impuesto que corresponda, es decir que sólo aquellos
contribuyentes personas físicas (con el régimen que aplique), que enajenen
bienes o presten servicios a través de Internet, mediante plataformas
tecnológicas, aplicaciones informáticas y/o similares y que de forma
adicional perciban IVA por los servicios prestados, son las personas que
deberán justificar los depósitos mayores a cinco mil pesos que indica la
disposición.
Recuerda que en Oikovos estamos para asesorarte y apoyarte!!

